viernes, 15 de enero de 2016







COBERTURA JURÍDICO PROCESAL EN LA

EMPRESA

COMPLIANCE PENAL
c/ Greco 8 bis bajo – 32002 Ourense
c/ Velázquez Moreno 2-8ºA – 36201 Vigo
pz/ Carlos Casares 1-1ºB –15703 Santiago

649 670 146



Como consecuencia de la nueva redacción del Código Penal desde el 1 de julio de 2015 es obligatorio para todo tipo de corporaciones y empresas, la implementación de un modelo de organización y gestión adecuado para prevenir delitos.
El Derecho penal español reconoce deberes derivados de la ley (art. 11 CP) de control y vigilancia para la evitación de delitos.
Para que este modelo de organización conlleve en su caso la exención o la atenuación de responsabilidad penal de la empresa, la compliance ha de ser elaborada por un órgano externo como es el caso de Valor Corporativo, que sitúa su actividad profesional en la esfera contenciosa (prevención) y de mediación.
La función principal de un Sistema de Gestión de Prevención de Delitos es básicamente la evitación de los riesgos penales y reputacionales, ya que la falta de buena reputación o de buena fama puede hacer quebar una empresa sin remedio alguno, en definitiva, generar valor en la empresa.


¿Quién? El representante legal firma un compromiso de dirección

¿Por qué? Porque la economía sostenible requiere un compromiso claro con la calidad y además lo exige el Código Penal


¿Qué se pretende a corto plazo? Un análisis pormenorizado del conflicto según su impacto, que sea capaz de atajar el problema desde el inicio y que ponga soluciones inmediatas a los daños que pudieran ser irreparables

¿Para qué? Detectar las responsabilidades en el seno de la organización empresarial

¿Para quién? Para los que realmente construyen la imagen empresarial: clientes, proveedores, representantes, empleados, fuentes financieras, la comunidad, el gobierno y el medio ambiente



¿Qué se pretende a largo plazo? Un cambio real basado en un desarrollo sostenible, amparado por las garantías jurídicas de los interlocutores o "stakeholders" de los administradores y de la propia empresa


¿Cómo? La comunicación intraempresarial como método de elaboración y perfeccionamiento de la responsabilidad penal empresarial, basada en un modelo de imputación penal cuya culpa se centra en la falta de organización


¿Cuál es el cauce procesal? Estatuto jurídico procesal para las empresas, asociaciones y corporaciones que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal


En este sentido, Valor Corporativo implementa el compliance o manual de corporate defense en la empresa u organización, cuyo desarrollo está integrado por las siguientes fases:
1.     Compromiso de dirección y pacto de mediación organizacional.


1. Análisis y gestión de los riesgos penales de la organización desde la perspectiva corporativa:
a.     Identificación de los riesgos penales que puedan afectar a la organización.
Priorización de riesgos y establecimiento de riesgos penales.
b.     Identificación de los procesos de la organización en los que pueden residir los riesgos identificados
Identificación de las medidas de control existentes para mitigar estos riesgos.
Plan de acción para mitigar los riesgos identificados y no controlados.
c.      Control de los protocolos y procedimientos de toma de decisiones de la organización.
d.     Servicio de quejas para
                                                    i.     proveedores y
                                                   ii.     clientes obligatorio (art. 21 TRLGDCU).
2.     Análisis y gestión de los riesgos penales desde la perspectiva organizacional:
a.     Análisis del conflicto laboral según su impacto.
b.     Servicio de comunicación intraempresarial. Buzón del trabajador (whistleblowers).
3.     Establecimiento de un modelo de organización adecuado a la creación de un entorno en el que la conducta infractora sea la menos viable:
a.     Diseño del canal ético.
b.     Definición de un órgano de instrucción: el propio administrador, compliance officer o distribuir entre órganos preexistentes (dirección de personal, dirección financiera, comunicación e imagen corporativa, departamento de calidad y medioambiente, protección de datos).
4.     Protección penal de la empresa. Auditoría o verificación periódica del sistema desarrollado. Matriz de riesgos (risk matrix).
5.     Valor compartido, carrera profesional y sociedades participadas.
6.     Desarrollo e impartición de programas de sensibilización y formación (training).

Modelo de Compromiso de la dirección

FUENTE: adaptado de Empleaverde et al.

D/Dña (nombre, apellidos y cargo del director o gerente), como representante de la empresa (nombre de la empresa y documento que acredita la representación), suscribe el presente documento que evidencia el compromiso asumido por la empresa para avanzar en el desarrollo e integración de la responsabilidad social corporativa como un camino de mejora en sostenibilidad.
Para ello, la empresa se compromete a:
1.     Realizar el autodiagnóstico de RSC y prevención de riesgos penales.
2.     Designar a una persona responsable del proceso de implantación con disponibilidad de tiempo y recurso suficientes para liderar el proceso de realización del diagnóstico de empresa.- Persona de referencia (nombre, apellidos y cargo).
3.     Comunicar el desarrollo del proceso a todas las personas de la organización, al menos en dos momentos:
a.     fase inicial y de formación de la empresa y
b.     fase final de elaboración del informe de diagnóstico.

4.     Utilizar las conclusiones obtenidas en el diagnóstico de RSC que establece y prioriza las oportunidades de mejora, para dar continuidad a a la mejora de sostenibilidad de la empresa.